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ID 605696
¿Qué requisitos se deben cumplir para solicitar la Emisión y el Almacenamiento de los Duplicados Electrónicos de los comprobantes?
15/04/2016 12:00:00 a.m.

Podrán solicitar autorización para la emisión y el almacenamiento de los duplicados electrónicos de los comprobantes, los sujetos que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Tengan actualizada la información referida a su actividad económica.

b) Tengan actualizado el domicilio fiscal declarado ante esta Administración Federal, excepto que dicho domicilio haya sido determinado mediante resolución fundada, quedando inhabilitados para solicitar la referida autorización por el término de 1 año contado desde la fecha de notificación de la mencionada resolución.

c) Hayan presentado, de corresponder, la última declaración jurada del impuesto a las ganancias y las 12 últimas declaraciones juradas del impuesto al valor agregado y de los recursos de la seguridad social, o las que correspondan presentar desde el inicio de la actividad o desde el cambio de carácter frente al impuesto al valor agregado, vencidas al penúltimo mes anterior a la fecha de recepción de la respectiva solicitud de adhesión.

d) Dispongan y utilicen un sistema informático de facturación que permita la emisión y el almacenamiento, en forma centralizada, de los duplicados de los comprobantes.

Los contribuyentes que emitan comprobantes mediante "Controlador Fiscal de vieja tecnología", deberán poseer un sistema informático de facturación con todos sus puntos de venta enlazados, el cual debe prever un registro electrónico centralizado que concentre los datos de los duplicados de los comprobantes emitidos por dicho equipo.


El almacenamiento centralizado de los datos podrá realizarse en tiempo real o mediante su posterior incorporación a los archivos correspondientes, dentro de los plazos establecidos, utilizándose para ello soportes electrónicos, ópticos o magnéticos, o transmisiones de datos por redes informáticas.


Fuente: Art. 19 RG 3685/14



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