AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 6026610
¿Cuál es el tratamiento en el impuesto del servicio de transporte de personas discapacitadas prestado a instituciones de enseñanza privada?
09/10/2007 12:00:00 a.m.

Se encuentran exentos del impuesto al valor agregado los servicios de transporte accesorios a los servicios de enseñanza prestados a discapacitados por establecimientos privados reconocidos por las respectivas jurisdicciones, siempre que sean prestados directamente por los mismos, con medios propios o ajenos.

En tal sentido, el servicio de transporte prestado a los establecimientos educacionales no se encuentra comprendido en la exención mencionada precedentemente.


Fuente: Art. 7 Ley Nº 23.349



Novedades