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ID 4672934
Evento 1644 - ¿QUÉ SE DEBE INGRESAR EN EL CAMPO SALDOS ACREEDORES QUE SE ENCUENTRA EN LA PANTALLA PARTICIPACIONES SOCIETARIAS - CARGA MANUAL DE DATOS PARA TITULARES?
27/03/2012 12:00:00 a.m.

De acuerdo al artículo 2 de la RG 3293/12, los sujetos mencionados en los puntos 1, 2 y 3 del articulo 1º deberán informar los saldos acreedores para el agente de información, correspondiente a los sujetos a informar y que no fueron tenidos en cuenta a los efectos de determinar el valor de las acciones, cuotas, participaciones y cuotas parte, por tener tratamiento igual al de un tercero.


Fuente: CIT AFIP



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