ID 4595648 ¿Cuál es el tratamiento en el impuesto de los títulos públicos?
29/01/2007 12:00:00 a.m.
Se consideran dentro del objeto del tributo los títulos, las acciones, cuotas o participaciones sociales y otros títulos valores representativos de capital social o equivalente, emitidos por entes públicos o privados.
Asimismo el artículo 21 inciso g) exime del tributo en cuestión, a los títulos, bonos y demás títulos valores emitidos por la Nación, las provincias, las municipalidades y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los certificados de depósitos reprogramados (CEDROS).