02/03/2022 12:42:51 p.m.
A efectos del ingreso e información de las sumas retenidas, los agentes de retención deberán observar el procedimiento, los plazos y las condiciones dispuestas en la RG 2233/07 - SICORE -. La presentación de la declaración jurada informativa se efectuará de acuerdo con el procedimiento que según el sujeto de que se trate, se indica a continuación:
a) Contribuyentes comprendidos en los sistemas de control diferenciado, mediante transferencia electrónica de datos.
b) Demás responsables: en las sucursales bancarias habilitadas o por transferencia electrónica de datos. El ingreso de las sumas retenidas, y en su caso, del saldo resultante de la declaración jurada, así como de los intereses y multas que pudieran corresponder, se efectuará conforme al procedimiento que según el sujeto de que se trate se indica seguidamente:
a) Contribuyentes comprendidos en los sistemas de control, mediante transferencia electrónica de fondos, a cuyo efecto deberán generar el VEP.
b) Demás responsables: opcionalmente por el procedimiento citado precedentemente o mediante depósito bancario, a cuyo efecto deberán concurrir a las entidades bancarias habilitadas con alguno de los elementos de pago que seguidamente se indican:
1. Duplicado del formulario de la declaración jurada -generado por el programa aplicativo "SICORE".
2. Comprobante de presentación de la declaración jurada (tique), emitida por las entidades bancarias.
3. Volante de pago F 799/E, por original, cubierto en todas sus partes indicando los códigos de imputación correspondientes.
Fuente: Art. 10 y 11 RG 2141/06