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ID 402099
¿Quiénes se consideran personal de casas particulares?
03/06/2019 12:00:00 a.m.

Se considera trabajo en casas particulares a toda prestación de servicios o ejecución de tareas de limpieza, de mantenimiento u otras actividades típicas del hogar, la asistencia personal y acompañamiento prestados a los miembros de la familia o a quienes convivan en el mismo domicilio con el empleador, así como el cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad.


Fuente: Art. 2 Ley 26.844



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