AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 3979702
¿Cómo debo proceder para comunicar el ejercicio de la opción de venta y reemplazo?
10/10/2006 12:00:00 a.m.

Los contribuyentes que ejerzan la opción de reemplazo de bienes deberán comunicarla a este Organismo, ingresando con clave fiscal al servicio "Transferencia de Inmuebles" disponible en el sitio "Web" (http://www.afip.gov.ar). Una vez efectuada la comunicación, el solicitante obtendrá un "certificado de no retención que tendrá para cada caso, el destino que se indica:

a) De tratarse de transferencia de inmuebles: Deberá ser exhibido al escribano interviniente en la operación de venta. El escribano actuante, ante la falta de presentación del citado certificado, practicará la retención del gravamen, sin considerar suma alguna en concepto de opción.

b) De tratarse de bienes muebles: Deberá ser conservado en archivo a disposición de este Organismo juntamente con la documentación respaldatoria respectiva.

Asimismo se deberá informar sobre el cumplimiento que oportunamente den a la obligación de adquirir o, en su caso, iniciar la construcción del o de los bienes de reemplazo, mediante comunicación a la AFIP a través del procedimiento dispuesto precedentemente.

Cuando los bienes de reemplazo se hubieran adquirido o, en su caso, se hubiera iniciado la construcción con anterioridad a la venta de los bienes reemplazados, también podrá ejercerse la opción siempre que entre ambas operaciones no hubiera transcurrido un plazo superior a 1 año. En tal supuesto la comunicación deberá efectuarse al vencimiento establecido para la presentación la declaración jurada anual, correspondiente al ejercicio en que tenga lugar la adquisición de los bienes de reemplazo.


Fuente: RG AFIP Nº 2140/06



Novedades