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¿Qué es el libramiento de la mercadería?
02/10/2006 12:00:00 a.m.

El Código Aduanero define al libramiento, a los efectos de la exportación, como: "El acto por el cual el servicio aduanero autoriza la salida con destino al exterior de la mercadería objeto de despacho".

Con la presentación de la solicitud de destinación y la documentación de la operación, se cumplen las disposiciones legales y reglamentarias para autorizar el libramiento de las mercaderías que se extraen del territorio aduanero nacional por las vías acuáticas, terrestres o aéreas.

El libramiento se produce en la Aduana de frontera o salida, cuando la oficialización y carga se ha efectuado en una Aduana interior y la mercadería ha viajado en tránsito de exportación hasta los límites del territorio aduanero general.

Para que se conceda el libramiento, los tributos deben estar pagados o garantizados.

Luego las actuaciones se remiten para su revisión a la oficina aduanera competente, para control de la liquidación y pagos.


Fuente: Art. 330 Ley Nº 22415



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