ID 3822788 ¿Cuál es la validez de la solicitud de exportación?
29/09/2006 12:00:00 a.m.
A los fines de lo previsto en el Art. 328 del Código Aduanero (Ley 22415), fíjase en treinta y un días el plazo de validez de la solicitud de exportación contando a partir del día de su registro.
Sin perjuicio de esta norma general, fija en cuarenta y cinco días el plazo de validez de las solicitudes de exportación que amparen operaciones que se realicen mediante destinación suspensiva de tránsito terrestre (Camión o ferrocarril) contando a partir de su registro.
Cuando los plazos que se indican son de hasta 30 días, corresponderán a días hábiles y a días corridos, cuando la cantidad que se establece es mayor.