AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 3354388
¿Cómo se debe ingresar el importe de cada cuota?
12/12/2018 12:00:00 a.m.

La primera cuota del plan y las sucesivas cuyos vencimientos hayan operado con anterioridad al momento de solicitar el beneficio deberán abonarse mediante medios electrónicos de pago consignando los códigos que se indican a continuación:

Rubro I

Rubro II

Rubro III

"Imputación del Pago"

"Concepto"

"Subconcepto"

127

041

041

· Las cuotas que se encuentren entre el momento de solicitud del beneficio y otorgamiento del mismo serán canceladas en sus respectivos vencimientos por ANSES en nombre del deudor.

Los importes cancelados bajo esta modalidad serán descontados del haber prestacional que se otorgue.

· Las cuotas que deben ingresarse, con posterioridad al otorgamiento del beneficio, de acuerdo al monto de las mismas, se cancelaran según se indica a continuación:

1. Las cuotas cuyos vencimientos operen a partir del mes de diciembre de 2018, en la medida que el importe de las mismas sea inferior o igual a $ 8.018,05 serán descontadas del haber prestacional otorgado por ANSES. Dicho importe se actualizará trimestralmente por aplicación del índice de movilidad determinado por el Art. 32 de la Ley 24.241.

2. Las cuotas cuyo vencimiento operen a partir del mes de diciembre de 2018 y sean superior a $ 8.018,015 se deberán abonar mediante medios electrónicos de pago con los códigos que se indican a continuación:

Rubro I

Rubro II

Rubro III

"Imputación del Pago"

"Concepto"

"Subconcepto"

127

041

041

Aquellos sujetos que adhieran al régimen de regularización voluntaria -Ley Nº 24476 - y también registren presentaciones por la Ley Nº 25865, podrán obtener mayor información aquí.


Fuente: Resolución Conjunta General 2091/06 (AFIP) y 579/06 (ANSES)



Novedades