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ID 3181080
Evento 1504 - ¿DÓNDE SE EXPONE EL QUEBRANTO ESPECÍFICO POR COMPRA - VENTA DE ACCIONES HECHOS POR UNA SOCIEDAD EN UN PAÍS DE BAJA O NULA TRIBUTACIÓN (ART. 135 PRIMER PÁRRAFO DE LA LEY DE GANANCIAS)?
08/06/2006 12:00:00 a.m.

El quebranto específico por compra - venta de acciones registrado por una sociedad en un país de baja o nula tributación (Art. 135 primer párrafo de la ley de Ganancias) debe registrarse en el campo Quebrantos por venta de acciones Fuente Extranjera, ello al momento de atribuirse los resultados al accionista residente conforme con las previsiones del artículo 133, inciso a), de la ley del tributo.


Fuente: CIT AFIP



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