ID 3131898 ¿A qué alícuota se encuentran alcanzadas las obras realizadas sobre inmuebles propios y ajenos?
31/05/2006 12:00:00 a.m.
Será de aplicación la tasa diferencial del 10,5% cuando se trate de trabajos realizados directamente o a través de terceros sobre inmueble ajeno, entendiéndose como tales las construcciones de cualquier naturaleza , las instalaciones, las reparaciones y los trabajos de mantenimiento y conservación, siempre que se destinen a vivienda, excluidos los realizados sobre construcciones preexistentes que no constituyan obras en curso.
Asimismo se encuentran alcanzados a la alícuota del 10.5 % las obras efectuadas directamente o a través de terceros sobre inmueble propio destinadas a vivienda.