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ID 3071006
Los contribuyentes que no tienen CUIT, CUIL o CDI ¿cómo informan su situación de revista de períodos con antigüedad superior a 10 años?
24/05/2006 12:00:00 a.m.

El contribuyente que no tiene CUIT, CUIL o CDI deberá generar la CUIT en la dependencia de AFIP que le corresponda, de acuerdo al procedimiento que se detalla a continuación:

En el formulario 460/F deberán completar:

Datos de Identificación.

Datos Referenciales.

Domicilio Fiscal.

Domicilio Real.

Datos Económicos: consignar el Código de Actividad 12 (Sin actividad económica).

Datos Tributarios: colocar la leyenda "Ley Nº 24476" o "Ley Nº 25994" según corresponda.

Para estos casos no se deberá de dar de alta en ningún Impuesto, ni en los Recursos de la Seguridad Social.

Luego deberán ingresar al servicio SICAM a través de la clave fiscal y modificar la situación de revista.


Fuente: CIT AFIP



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