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ID 2710338
En el caso de una U.T.E. compuesta por dos sociedades, donde la U.T.E. recibe el pago por un servicio realizado y sufre retenciones de IVA. ¿Qué mecanismos existen para trasladar de la U.T.E. el saldo a favor de libre disponibilidad a sus componentes?
03/05/2006 12:00:00 a.m.

Dado que la UTE es sujeto del Impuesto al Valor Agregado, deberá cumplir los requisitos y condiciones que establece la RG 1466/03 para transferir el saldo de libre disponibilidad a los integrantes.


Fuente: RG 1466/03



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