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ID 26145571
¿Cómo se determina la retención?
27/12/2023 08:24:31 p.m.


La retención se determina aplicando sobre los mayores ingresos el
procedimiento establecido —en lo pertinente— en el Anexo II de la RG
4003-E/2017
, teniendo en consideración que el segundo artículo S/N a
continuación del artículo 101 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, establece
que se podrá deducir, únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma
equivalente a ciento ochenta (180) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM)
anuales, no siendo admisible ningún otro concepto que autorice dicha ley.
 



Los 180 SMVM referidos en el párrafo anterior corresponden al
mínimo no imponible anual, lo que resulta equivalente a 15 SMVM mensuales, cuya
deducción operará —siempre que resulte procedente— hasta la suma acumulada del
mes que se liquida.



Fuente: AFIP



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