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ID 26145476
¿Cómo debe liquidarse el impuesto cuando se trate de un ingreso de un trabajador a quien se le paga su remuneración, por ejemplo, en el mes de noviembre de 2023, pero cuyo importe resulta retroactivo al mes de junio de 2023?
17/10/2023 07:51:15 p.m.


El impuesto podrá determinarse (a
opción del trabajador) de la siguiente manera:



a. Imputando el 100% del importe percibido en el período correspondiente a los
ingresos devengados a partir del mes de octubre de 2023.



b. Imputando el importe percibido en cada período al que corresponda de manera
tal que, ante este escenario, una parte se determinará conforme la escala
vigente para el período que involucra los ingresos devengados hasta el mes de
septiembre de 2023, inclusive; y la otra, de acuerdo a la tabla del período
correspondiente a los ingresos devengados a partir del mes de octubre de 2023.



Fuente: Dirección Nacional de Impuestos



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