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ID 26144666
¿Cómo se acredita el grado de avance de un proyecto inmobiliario registrado en el REPI?
18/11/2021 11:00:01 a.m.



Proyecto/Obra
iniciada con anterioridad al 12/03/2021:

si se registra una obra que posea a dicha fecha un grado de avance
inferior al 50% de la finalización de la obra, el sujeto obligado
deberá adjuntar en formato “.pdf” un dictamen de un profesional
matriculado competente en la materia con su firma certificada por la
autoridad profesional que rija la matrícula.


Obra
privada nueva iniciada a partir del 12/03/2021:
si
se registra una obra nueva, los sujetos obligados deberán adjuntar
en formato “.pdf” la información presentada ante las autoridades
edilicias competentes y/o un dictamen de un profesional matriculado
competente en la materia con su firma certificada por la autoridad
competente que rija en la matrícula, que acrediten el inicio de la
misma.



Fuente: Más información en Resolución General 4976/21



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