ID 26144597 ¿Cuándo debe presentarse el Informe Maestro o la nota que se presente en su reemplazo?
31/08/2021 02:20:56 p.m.
El “Informe Maestro” o
la nota que se presente en su reemplazo correspondiente a cada ejercicio fiscal
o período fiscal anual, según corresponda, deberá ser presentado por los
contribuyentes o responsables, hasta el duodécimo mes posterior al de su
cierre, en las siguientes fechas de acuerdo con la terminación de la CUIT:
TERMINACIÓN C.U.I.T.
VENCIMIENTO
0
ó 1
Hasta
el día 23, inclusive
2
ó 3
Hasta
el día 24, inclusive
4
ó 5
Hasta
el día 25, inclusive
6
ó 7
Hasta
el día 26, inclusive
8
ó 9
Hasta
el día 27, inclusive
Cuando alguna de las fechas del vencimiento general indicadas en el párrafo
anterior coincida con un día feriado o inhábil, dicha fecha, así como las
posteriores, se trasladarán correlativamente al o a los días hábiles inmediatos
siguientes que correspondan.