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ID 26144586
¿Puede la Administración Federal de Ingresos Públicos exigir la presentación del Estudio de Precios de Transferencia a los que optaron por presentar el formulario “F. 2672 Operaciones Internacionales Régimen Simplificado”?
31/08/2021 01:12:51 p.m.

Sí, sin perjuicio de lo establecido en el
artículo 6° de la RG (AFIP) N°5010, esta Administración Federal podrá solicitar
la presentación del Estudio de Precios de Transferencia al sujeto que opte por
la presentación del Régimen Simplificado de Operaciones Internacionales, cuando
las condiciones específicas del mercado, generación de riesgo u otras
estrategias que se establezcan, lo justifiquen, siempre que las operaciones
previstas en este régimen superen, en el período fiscal, el monto equivalente a
PESOS TRES MILLONES ($3.000.000.-) en su conjunto, o individualmente la suma de
PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000.-). A tal efecto, dicho sujeto deberá
presentar, dentro de los CUARENTA y CINCO (45) días de notificado, el Estudio
de Precios de Transferencia y los papeles de trabajo respectivos.


Fuente: RG 5010



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