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ID 26144581
¿Quiénes se encuentran excluidos de optar por el Régimen Simplificado de Operaciones Internacionales establecido por la RG 5010/2021?
31/08/2021 12:58:27 p.m.


Quedan excluidos del Régimen Simplificado de
Operaciones Internacionales los sujetos



que se indican a continuación:



a) Aquellos que formen parte de Grupos de
Empresas Multinacionales que deban presentar el “Informe País por País”
-cualquiera sea la jurisdicción donde tengan que cumplir tal obligación-; y/o



b) Aquellos que se encuentren obligados a
presentar el “Informe Maestro” o que puedan optar por presentar una nota con
carácter de declaración jurada conforme con lo dispuesto en el segundo párrafo
y siguientes del artículo 45 de la RG 4717/2020, sus modificatorias y
complementarias.



c) Aquellos que operen con la intervención de
un intermediario internacional en los términos del artículo 17 de la Ley de
Impuesto a las Ganancias.



Fuente: RG 5010



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