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ID 26144469
¿La deducción por cónyuge es aplicable a convivientes que no se encuentren casados o casadas?
10/04/2024 12:13:30 p.m.





La deducción por cónyuge también será aplicable para los integrantes de la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos (2) personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo, que se acredite en la forma y condiciones que a esos efectos establezca la reglamentación.

La misma se acreditará a través de la constancia o acta de inscripción en el registro pertinente. El cómputo de dicha deducción se hará efectivo desde el mes en que se emita la respectiva constancia o acta.







Fuente: Art. 30 inc. b) Ley Nº 20.628.



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