ID 26095271 Un trabajador en relación de dependencia, jubilado y/o pensionado sufrió retenciones del Impuesto a las Ganancias en 2024 por esos ingresos. Si ese sujeto también es monotributista no inscripto en Bienes Personales ni Ganancias y sufre percepciones de la Resolución General AFIP N° 4815/2020 (Cod: 219- Impuesto sobre los Bienes Personales) ¿Debe informar las percepciones en SiRADIG?
06/01/2025 04:32:02 p.m.
No.
Las percepciones no son computables como pago a cuenta en el Impuesto
a las Ganancias. Por lo tanto, deberá tramitar su devolución
ingresando mediante clave fiscal al servicio "Devolución
Percepciones" de la web de ARCA, a partir del vencimiento de
SiRADIG periodo 2024.