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ID 25843244
¿Cómo se determinará el monto del Bono de Crédito Fiscal?
27/10/2020 12:00:00 a.m.

Los beneficiarios de la ley de Promoción de la Economía del Conocimiento podrán convertir en un bono de crédito fiscal intransferible hasta el setenta por ciento (70%) de las contribuciones patronales que hayan efectivamente pagado con destino a los sistemas y subsistemas de la Seguridad Social, respecto de los empleados debidamente registrados afectados a la/s actividad/es promovidas.

En ningún caso el bono de crédito fiscal podrá superar ni individual ni conjuntamente el setenta por ciento (70%) de las contribuciones patronales que hubiese correspondido pagar por el personal afectado a la/s actividad/es promovida/s.


Fuente: Art. 8 Ley 27.506



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