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ID 25556382
¿Cómo será el procedimiento para el otorgamiento del Crédito a Tasa Subsidiada?
29/07/2020 12:00:00 a.m.

El acceso al Crédito a Tasa Subsidiada se implementará de la siguiente forma:

La AFIP informará a los posibles beneficiarios, el monto máximo del crédito a otorgarse por empleador el cual no podrá superar individualmente el Sueldo Neto de cada trabajadora y trabajador según las condiciones estipuladas en los puntos 4.1, 4.2 o 5 del presente Acta, las condiciones de financiación y el banco elegido.

Posteriormente, solicitará a cada interesado que manifieste e informe: la voluntad de acceder efectivamente al crédito y, en su caso, el monto teórico máximo. Por último, pondrá a disposición del BCRA la nómina de beneficiarios que formalizaron la solicitud y los datos aportados al efecto.

Deberá garantizarse que los fondos consecuencia del Crédito a Tasa Subsidiada serán efectiva y exclusivamente acreditados en las cuentas de las trabajadoras y los trabajadores de conformidad con las consideraciones precedentes.

La AFIP instrumentará los mecanismos de solicitud del beneficio y el BCRA regulará su otorgamiento y efectiva acreditación.


Fuente: Anexo I Decisión Administrativa 1343/20



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