ID 25419099 ¿Cuándo debe presentarse el Informe Maestro?
13/07/2020 12:00:00 a.m.
El "Informe Maestro" correspondiente a cada ejercicio fiscal o período fiscal anual, según corresponda, deberá ser presentado por los contribuyentes o responsables, hasta el duodécimo mes posterior al de su cierre, en las siguientes fechas de acuerdo con la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria:
TERMINACIÓN C.U.I.T
VENCIMIENTO
0 ó 1
Hasta el día 23, inclusive
2 ó 3
Hasta el día 24, inclusive
4 ó 5
Hasta el día 25, inclusive
6 ó 7
Hasta el día 26, inclusive
8 ó 9
Hasta el día 27, inclusive
Cuando las fechas de vencimiento indicadas en el párrafo anterior coincidan con un día feriado o inhábil, se trasladarán a los días hábiles inmediatos siguientes.
Importante:
El "Informe Maestro" correspondiente a los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 31 de agosto de 2019, ambas fechas inclusive, deberá presentarse ¿con carácter de excepción- hasta el día del mes agosto de 2020 que seguidamente se indica, conforme la terminación de la CUIT: