30/03/2023 02:23:34 p.m.
Se encuentran obligados a realizar la presentación del "Régimen de Información Anual" los siguientes sujetos:
"Grupo 1" (Art.1 - punto 1)
a) Los comprendidos en los incisos a) y b) del artículo 53 de la Ley 20.628 (Ley de Impuesto a las Ganancias).
b) Las asociaciones civiles y fundaciones no comprendidas en el punto 3. del inciso a) del artículo 73 de la Ley 20.628 (Ley de Impuesto a las Ganancias).
c) Los fondos comunes de inversión comprendidos en el primer párrafo del artículo 1° de la Ley 24.083.
"Grupo 2" (Art. 1 - punto 2)
Las personas humanas domiciliadas en el país y, cuando corresponda, las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, que posean participaciones societarias o equivalentes (títulos valores privados, acciones, cuotas y demás participaciones) en entidades constituidas, domiciliadas, radicadas o ubicadas en el exterior, incluidas las empresas unipersonales, de las que resulten titulares y/ó aquellas personas humanas que se desempeñen en cargos directivos y/o ejecutivos o el carácter de apoderados, en cualquier sociedad, estructura jurídica, ente o entidad, con o sin personería jurídica, constituidas, domiciliadas, radicadas o ubicadas en el exterior.
Fuente: Art. 1 RG 4697/20 y Art. 2 5285/22