AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 25214199
Según la ley Art. 36 Ley 27.541 no se encuentran alcanzadas por el Impuesto a) Los gastos referidos a prestaciones de salud[...] ¿Cuáles son las prestaciones de salud consideradas para la exclusión? Por ej. Un gasto por tratamiento médico en el exterior (embryo cryopreservation), es considerado un servicio de salud? ¿Corresponde la devolución? ¿Cómo se instrumenta?
03/01/2023 02:59:26 p.m.


El artículo 36 de la Ley 27.541 establece que no se encuentran alcanzados por el impuesto PAIS, los gastos referidos a prestaciones de salud. En atención a que el legislador alude a estas prestaciones en forma genérica, se interpreta que aquella por la que se consulta está comprendida por la exclusión del gravamen. El artículo 10 de la RG 4659 (AFIP), por su parte, prevé que cuando no corresponda la percepción practicada, el adquirente, prestatario y/o locatario podrá solicitar la devolución del gravamen percibido ante el agente de percepción correspondiente, presentando los antecedentes que justifiquen su petición, operación que quedará sujeta a las medidas de control que implemente este Organismo.

Fuente: SDG ASJ - SDG TLI



Novedades