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ID 25212150
Me encuentro realizando un curso de Marketing digital el cual proviene de España, Madrid. El mismo se me cobra de mi tarjeta de crédito y tiene un monto total de USD 68,00 bajo el concepto "PAGO A POWEREDUCATION". Se consulta, si al ser una plataforma educativa, puede ser considerada plataformas educativas y software con fines educativos previstos en el inciso a) del art. 36 de la Ley 27.541 y por lo tanto estar excluida del impuesto "PAIS". En caso afirmativo, que pasos debo seguir para el reintegro del mismo.
03/01/2023 02:59:03 p.m.




De acuerdo con el inciso a) del artículo 36 de la Ley N° 27.541 no están alcanzados por el Impuesto PAIS, entre otras operaciones, los gastos referidos a la utilización de plataformas educativas y software con fines educativos. 

Según lo previsto por el artículo 10 de la RG 4659 (AFIP), sus complementarias y modificatoria, cuando no corresponda la percepción practicada, el adquirente, prestatario y/o locatario podrá solicitar la devolución del gravamen percibido ante el agente de percepción correspondiente -en el caso consultado, a la entidad financiera que efectúa la liquidación y cobro del resumen de la tarjeta de crédito-, presentando los antecedentes que justifiquen su petición, operación que quedará sujeta a las medidas de control que implemente este Organismo.





Fuente: SDG ASJ - SDG TLI



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