ID 24962172 ¿En qué casos corresponde aplicar la percepción?
25/07/2023 04:22:57 p.m.
La
percepción será aplicable en la medida y proporción que se abonen
en pesos las operaciones alcanzadas por el impuesto. En el caso de
las adquisiciones contempladas en los incisos d) y e) del artículo
35 de la Ley 27.541, estarán alcanzadas por dicha percepción,
cuando en cualquier etapa de la operatoria se deba acceder al mercado
único y libre de cambios a efectos de la adquisición de las divisas
correspondientes para su cancelación.