ID 24908898 ¿Cuáles son las condiciones para obtener el beneficio?
09/12/2019 12:00:00 a.m.
El importe que no haya sido absorbido por los débitos fiscales generados por el desarrollo de la actividad, luego de transcurridos 6 períodos fiscales consecutivos, contados a partir de aquél en que resultó procedente su cómputo o, en su caso, realizada la inversión.
Dicho plazo también resultara de aplicación para los créditos fiscales correspondientes a los cánones y a la opción de compra, de los bienes de uso se adquieran por "leasing".