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ID 24880212
¿Se debe confeccionar el remito electrónico de azúcar, alcohol y subproductos en caso de entrega del producto en las instalaciones del ingenio?
29/11/2019 12:00:00 a.m.

Sí, se deberá confeccionar el remito electrónico seleccionando, al momento de completar los datos, que se trata de una entrega en el domicilio del ingenio. Este remito solamente amparará el traslado si se completan todos los datos referidos al domicilio de destino y los datos del transporte.


Fuente: DI ANFE (SDG FIS - AFIP)



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