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ID 24851526
¿Cómo debe efectuarse la emisión de los comprobantes clase "A" con leyenda "OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN"?
12/11/2019 12:00:00 a.m.

La emisión de comprobantes clase "A" con leyenda "OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN" deberá efectuarse por alguna de las modalidades que se detallan a continuación:

a) Mediante el Régimen de Factura Electrónica establecido por la RG 4291/18

b) A través de Controlador Fiscal de "Nueva Tecnología", que tenga homologada dicha clase de comprobantes .De no encontrarse obligado a utilizar la mencionada tecnología, podrán optar por utilizar la misma o emitir mediante el Régimen de Factura Electrónica (RG 4291/18).

c) Comprobantes Manuales, de acuerdo al procedimiento dispuesto en la RG 100/98, cuando se trate de comprobantes de resguardo por contingencias vinculadas a la emisión de comprobantes electrónicos o utilización de controladores fiscales, o cuando el tipo de comprobante no se encuentre comprendido en los regímenes indicados en los incisos precedentes.

La impresión (talonarios) se limitará a un total de CIEN (100) comprobantes. La fecha de vencimiento de dichos comprobantes operará el último día del mes siguiente al del vencimiento.

De tratarse de la emisión de comprobantes con la leyenda "PAGO EN CBU INFORMADA", emitidos por un Controlador Fiscal de "Nueva Tecnología" homologado con anterioridad al dictado de la presente resolución, el contribuyente o responsable deberá cumplir con el régimen de retención establecido por esta resolución general e incorporar al mencionado comprobante la leyenda "OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN".


Fuente: Art. 21 RG 1575/03



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