ID 246414 ¿Cuándo debo presentar la declaración jurada?
26/10/2012 12:00:00 a.m.
Corresponde informar nominativamente las retenciones y/o percepciones practicadas en el curso de cada mes calendario, hasta el día del mes inmediato siguiente que fije el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año calendario.