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ID 24626136
¿A partir de qué fecha será obligatoria la utilización de la Liquidación de Compra de Caña de Azúcar y el Remito Electrónico para Azúcar, Alcohol y Subproductos?
30/08/2019 12:00:00 a.m.

La utilización será obligatoria a partir del 01/12/2019.


Fuente: Art. 31 RG 4519/19



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