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ID 24538029
¿En qué casos el emisor del Remito Electrónico deberá convalidarlo?
30/07/2019 12:00:00 a.m.

En los casos en que el receptor haya aceptado parcialmente o rechazado el envío, el emisor del Remito Electrónico deberá convalidarlo. Hasta tanto el remito no sea convalidado, el sistema no permitirá la emisión de nuevos remitos entre las partes.


Fuente: Art. 19. RG 4519/19



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