ID 24525735 ¿En qué momento se podrá generar el remito?
30/07/2019 12:00:00 a.m.
Una vez que el titular de los productos autorice la remisión o movimiento del azúcar, del alcohol, del bagazo o de la melaza, se habilitará al emisor a generar el Remito Electrónico a través del servicio "Remitos Electrónicos", opción "Retiro de Azúcar y Derivados", seleccionando el perfil "Emisor de Remitos".