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ID 24519588
¿En qué momento debe confeccionarse el Remito Electrónico para Azúcar, Alcohol y Subproductos - Mercado Interno - y el Remito Electrónico para Azúcar, Alcohol y Subproductos - Exportación-?
30/07/2019 12:00:00 a.m.

Los remitos mencionados deberán confeccionarse con anterioridad al traslado del producto y lo acompañaran hasta su destino final.


Fuente: Art. 11. RG 4519/19



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