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ID 24517539
¿Cuáles son los documentos de uso obligatorio para las remisiones de los productos obtenidos de la industrialización de la caña de azúcar?
30/07/2019 12:00:00 a.m.

La Resolución General N° 4519/2019 establece para el Sector Azucarero el uso obligatorio de los Remitos Electrónicos como únicos documentos válidos para las remisiones de los productos obtenidos de la industrialización de la caña de azúcar (azúcar, alcohol, bagazo y melaza) efectuadas por los ingenios azucareros.

Los remitos electrónicos que se deberán utilizar son los que a continuación se detallan:

Remito Electrónico para Azúcar, Alcohol y Subproductos "Mercado Interno - código 997". Este remito será aplicable cualquiera fuese el destino del producto del mercado interno.

Remito Electrónico para Azúcar, Alcohol y Subproductos "Exportación - código 998". Ese remito será aplicable cuando el destino sea la exportación, se realice o no la consolidación del embarque en la planta o depósito.


Fuente: Art. 8. RG 4519/19



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