28/11/2023 04:36:16 p.m.
Si, para anular/modificar una DTV-e, se deberá tener en cuenta lo siguiente:
- Anulación:
El emisor puede anular un DTV-e hasta el día de su vencimiento inclusive y siempre que no se haya producido el cierre del documento a través del servicio con clave fiscal "Sistema Integrado de Gestión del Documento de Tránsito Sanitario Vegetal", opción "Anulación de DTV-e", en las situaciones que a continuación se detallan:
I. No pueda efectuarse el traslado por causas que así lo justifiquen, indicando el motivo (por ejemplo: errores detectados al momento de su emisión, desistimiento de la operación, cambio del destino de los productos, condiciones climáticas, etc.).
II. Se efectúe el desvío de la carga a un destino distinto al indicado en el documento.
III. Se deban modificar los datos del titular de la mercadería, comprador, receptor y/o transportista.
En estas últimas dos opciones, debe generarse un nuevo DTV-e que contemple las modificaciones efectuadas. La anulación del DTV-e implica la anulación de los códigos CADTV y CUVE correspondientes al mismo.
- Modificación:
Toda modificación de un movimiento de productos, subproductos y derivados de origen vegetal alcanzado y amparado por un DTV-e emitido, requiere su anulación de acuerdo al procedimiento indicado anteriormente y la emisión de uno nuevo en su reemplazo, excepto situaciones excepcionales (por ejemplo: fuerza mayor, condiciones climáticas, fenómenos naturales, conectividad a Internet, suministro de energía, etc.), que serán oportunamente evaluadas por las respectivas autoridades de aplicación (AFIP/SENASA).
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Fuente: Arts. 18 y 19 RG 4297/18