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ID 23368050
¿Cómo se debe abonar el IVA al vendedor cuando existan pagos parciales en especie?
28/09/2018 12:00:00 a.m.

Ante un pago parcial en especie, el importe que exceda el monto de la retención determinada, deberá abonarse, hasta la concurrencia del impuesto al valor agregado facturado mediante transferencia bancaria o depósito en la CBU denunciada por el vendedor.


Fuente: Art. 71 RG 4310/18



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