04/10/2019 12:00:00 a.m.
La información de las existencias y de la capacidad de producción se suministrará por campaña agrícola, en los plazos que -para cada caso- se establecen a continuación:
a) Información Productiva 1 (IP1): Desde el día 1 al 31 de octubre de cada año, ambos inclusive.
1. Existencias al 30 de septiembre de cada año respecto a los productos detallados en el "Anexo IP1- Existencias" del apartado "SISA" del micrositio "Actividades Agropecuarias". Se incluirán como existencias los productos comercializados a partir del día 1 de octubre, inclusive, de cada año.
2. Superficie agrícola destinada a los cultivos indicados en el "Anexo IP1-Superficie I" del apartado "SISA" del micrositio "Actividades Agropecuarias".
b) Información Productiva 2 (IP2): Desde el día 1° de diciembre hasta el último día del mes de febrero de cada año, ambos inclusive. Comprende la superficie agrícola destinada a los cultivos mencionados en el "Anexo IP2-Superficie II" del apartado "SISA" del micrositio "Actividades Agropecuarias".
Confirmado el ingreso de la información, se emitirá por cada presentación la constancia respectiva.
De comprobarse errores o inconsistencias, la presentación será rechazada automáticamente por el sistema, generándose una constancia de tal situación.
Fuente: Art. 37 RG 4310/18