ID 23341413 ¿Se debe identificar en la liquidación, el medio de pago utilizado?
28/09/2018 12:00:00 a.m.
Sí, en todos los casos corresponderá identificar en la liquidación emitida el medio de pago utilizado. Dicha obligación podrá cumplirse utilizando alguno de los siguientes registros:
a) La factura o documento equivalente recibido;
b) El recibo que se emita como constancia del pago total o parcial realizado. En este caso, se deberá también consignar el o los números de la o las facturas o documentos equivalentes que se cancelan en forma total o parcial;
c) La orden de pago emitida mediante sistemas informáticos que permitan tal emisión junto con el pago respectivo, y en tanto:
1. Dicho documento cuente con numeración consecutiva y progresiva.
2. Se agregue y conserve una copia de la misma junto a la factura o documento equivalente respectivo,
3. Se conserven el original y las copias de las órdenes de pago anuladas.