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ID 23292237
¿Cómo se declaran las actividades?
27/09/2018 12:00:00 a.m.

Una vez concluida y confirmada la carga de datos de la opción "Superficie", se deberá ingresar al "Módulo Superficie/Actividad", opción "Actividad" a fin de informar la explotación a realizar en la superficie dada de alta.

Aquellos productores que no dispongan de inscripción en el RENSPA para la explotación a dar de alta, deberán gestionar la inscripción a través del SISA, en cuyo caso el organismo competente analizará la información ingresada, otorgando la misma -de corresponder- en un plazo no mayor a 72 horas hábiles. La inscripción en el RENSPA se comunicará al Domicilio Fiscal Electrónico.

En caso de tratarse de un inmueble rural con explotación propia, una vez concluida la carga de datos mencionados en el artículo anterior, el sistema emitirá la correspondiente constancia que contendrá un "Código de Alta de Actividad".


Fuente: Arts. 22 y 23 RG 4310/18



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