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ID 23159052
Cuando se factura en el domicilio del cliente o en un domicilio distinto al del emisor del comprobante, ¿A partir de qué fecha se deberán emitir los comprobantes mediante factura electrónica o controlador fiscal?
03/04/2019 12:00:00 a.m.

Por las operaciones realizadas en el domicilio del cliente o en un domicilio distinto al del emisor del comprobante, se deberá tener en cuenta el siguiente cronograma:


Opción de emisión de comprobantes

Por los comprobantes que se emitan a partir del

Comprobantes en Línea / Facturador Móvil

1 de abril de 2019

Webservices

1 de septiembre de 2019

Controlador fiscal

1 de septiembre de 2019


Fuente: Art. 29 RG 4290/18



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