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ID 23157003
¿A partir de cuándo se encuentran obligados a emitir comprobantes electrónicos y/o utilizar Controlador Fiscal los sujetos inscriptos como IVA exentos?
28/08/2018 12:00:00 a.m.

Los sujetos inscriptos como IVA exentos deberán respetar el siguiente cronograma:

Que registren en el último año calendario ventas, incluidos los impuestos nacionales contenidos en ellas, por un monto

Por los comprobantes que emitan a partir del

Igual o superior a $ 1.000.000.-

1 de noviembre de 2018

Menor a $ 1.000.000.-

1° de enero de 2019


Fuente: Art. 29 RG 4290/18



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