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ID 22710321
¿Cuál es la alícuota aplicable a las contribuciones patronales?
26/02/2024 04:07:47 p.m.



Las alícuotas correspondientes a las contribuciones patronales sobre la nómina salarial con destino a los subsistemas de Seguridad Social regidos por las leyes 19.032 (INSSJP), 24.013 (Fondo Nacional de Empleo), 24.241 (Sistema Integrado Previsional Argentino) y 24.714 (Régimen de Asignaciones Familiares) serán:

a) 20, 40%: para los empleadores pertenecientes al sector privado cuya actividad encuadre en el sector "servicios" o "comercio", siempre que sus ventas totales anuales superen, en todos los casos, los límites para la categorización como empresa mediana tramo 2, efectuado por el órgano de aplicación pertinente, con excepción de los comprendidos en las Leyes 23.551, 23.660 y 23.661.

b) 18% : para los restantes empleadores pertenecientes al sector privado no incluidos en el inciso anterior. Asimismo, esta alícuota será de aplicación a las entidades y organismos del sector público comprendidos en el Artículo 1 de la Ley 22.0616.

Las alícuotas mencionadas resultan de aplicación para las contribuciones que se devenguen a partir del diciembre 2019.


ACLARACIÓN: Los empleadores titulares de establecimientos educativos de gestión privada incorporados a la enseñanza oficial aplicarán, hasta el 31 de diciembre de 2024, una alícuota del 19,50% para determinar las contribuciones patronales.




Fuente: Art. 19 y 24 Ley 27.541 y Decreto 134/2024



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