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ID 22618116
¿Cómo se atribuye el resultado a los socios?
19/12/2019 12:00:00 a.m.

El resultado del balance impositivo de las empresas unipersonales comprendidas en el inciso d) del artículo 53 y de las sociedades incluidas en el inciso b) del artículo 53, se considerará, en su caso, íntegramente asignado al dueño o distribuidoentre los socios aun cuando no se hubiera acreditado en sus cuentas particulares.

También será atribuido a los fiduciantes al cierre del año fiscal los resultados obtenidos por los fideicomisos comprendidos en el inciso c) del artículo 53, en la proporción que les corresponda.


Fuente: Art. 54 Ley 20628



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