ID 22618116 ¿Cómo se atribuye el resultado a los socios?
19/12/2019 12:00:00 a.m.
El resultado del balance impositivo de las empresas unipersonales comprendidas en el inciso d) del artículo 53 y de las sociedades incluidas en el inciso b) del artículo 53, se considerará, en su caso, íntegramente asignado al dueño o distribuidoentre los socios aun cuando no se hubiera acreditado en sus cuentas particulares.
También será atribuido a los fiduciantes al cierre del año fiscal los resultados obtenidos por los fideicomisos comprendidos en el inciso c) del artículo 53, en la proporción que les corresponda.