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ID 22446000
¿Qué sucede si la mercadería que salió en forma temporaria se quedara en el exterior en forma indefinida?
16/11/2021 05:05:35 p.m.


Cuando la mercadería cuente con Aviso de Exportación y haya egresado como equipaje o mediante envíos postales, la solicitud de conversión en definitiva de la exportación temporaria deberá ser solicitada por el pasajero y autorizada por la aduana de salida, en los términos del Artículo 368 del Código Aduanero.

 

Cuando la mercadería cuente con Aviso de Exportación y haya egresado como carga, deberá dar aviso al Servicio Aduanero o Despachante de Aduanas que haya registrado la destinación con “Códigos AFIP”, a los fines de registrar el egreso de forma definitiva.

Cuando se trate de exportaciones realizadas bajo el régimen general, deberán contar con la previa autorización del área autorizante de la exportación temporal, con ajuste al procedimiento vigente para este tipo de trámites, de conformidad con la reglamentación vigente.



Fuente: Resolución General N° 4553



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