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ID 22382481
¿Qué procedimiento deberán seguir los empleadores que hubieran sido notificados respecto de la existencia de deudas previsionales?
27/09/2017 12:00:00 a.m.

Los empleadores que hubieran sido notificados respecto de la existencia de deudas previsionales, deberán acceder al sistema "Cuentas Tributarias" y seleccionar la opción "Detalle de Incumplimientos" - "Otorgamiento de créditos".

Como resultado de la consulta efectuada, el sistema emitirá el detalle de la deuda líquida y exigible por aportes y contribuciones con destino a la seguridad social permitiendo generar un archivo en formato .pdf con el "Detalle de Incumplimientos".

Asimismo, la citada transacción permitirá generar un Volante Electrónico de Pago (VEP) consolidado por el total adeudado.

Por último, en caso de desacuerdo y previo a la generación del referido archivo, el contribuyente podrá concurrir a la dependencia en la que se encuentra inscripto, con una multinota (F206), manifestando la disconformidad, detallando los motivos y adjuntando la documentación y elementos respaldatorios que considere pertinentes.


Fuente: Arts. 2 y 3 RG 4128/17



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