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ID 22380432
¿Cómo deberán verificar las entidades financieras la inexistencia de deudas líquida y exigible por aportes y contribuciones con destino a la seguridad social con relación a los solicitantes de préstamos?
27/09/2017 12:00:00 a.m.

Deberán ingresar al servicio con clave fiscal, nivel de seguridad mínimo requerido 2, denominado "Consulta para Entidades Financieras de Deudores Previsionales".

En caso de tratarse de entidades financieras públicas, deberá constatarse también, que el solicitante del préstamo no se encuentre incluido en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).


Fuente: Art. 1 RG 4128/17



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